hace 2 horas - MUNDO
Estados Unidos dio luz verde para que el gobierno de Venezuela pague los honorarios de la defensa del depuesto presidente Nicolás Maduro, detenido en Nueva York acusado de narcotráfico, según un documento judicial.
Hasta ahora, la administración estadounidense impedía que el gobierno venezolano cubriera los honorarios de los abogados de Maduro y de su esposa Cilia Flores, también encarcelada y procesada por tráfico de drogas, debido a las sanciones internacionales que pesan sobre el país.
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La defensa del matrimonio se había aferrado a este punto para intentar lograr la anulación de la acusación, con el argumento de que prohibir a un acusado acceder al abogado de su elección constituye una violación de un derecho garantizado por la Sexta Enmienda de la Constitución estadounidense.
Pero el Departamento del Tesoro va a permitir “a los abogados de la defensa recibir pagos del gobierno de Venezuela bajo ciertas condiciones”, escribió el fiscal de Nueva York, Jay Clayton, al juez encargado del caso, Alvin Hellerstein, en una carta fechada el viernes.
Según la misiva, los fondos deben haber estado disponibles después del 5 de marzo de 2026 y no pueden proceder de las ventas de petróleo venezolano reguladas en Estados Unidos.
Desde el derrocamiento de Maduro a comienzos de enero, la exvicepresidenta Delcy Rodríguez ejerce como mandataria interina.
Estados Unidos controla de facto la exportación de crudo venezolano, cuyos ingresos se depositan en cuentas especiales supervisadas por Washington.
Según el escrito presentado el viernes, la defensa reconoce la exención de las sanciones y retira por ahora su moción para desestimar los cargos.
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Maduro, de 63 años, y Flores, de 69, fueron capturados el 3 de enero en Caracas junto con su esposa durante una espectacular operación militar del ejército estadounidense, que involucró unos 150 aviones y helicópteros además de tropas terrestres.
Maduro se autodenomina “prisionero de guerra” y se ha declarado no culpable de los cuatro cargos que enfrenta: conspiración de “narcoterrorismo”, conspiración para la importación de cocaína, posesión de ametralladoras y artefactos destructivos, y conspiración para poseer ametralladoras y artefactos destructivos.
Maduro y su esposa están recluidos por separado en una prisión de máxima seguridad en el distrito neoyorquino de Brooklyn.
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Tras diversas amenazas, intervenciones y bombardeos en varias regiones de Venezuela, las fuerzas armadas estadounidenses detuvieron a Nicolás Maduro, confirmó el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, este sábado 3 de enero.
Horas después de la captura, durante una conferencia de prensa, Trump afirmó que Estados Unidos “se hará cargo de ocupar” el vacío de poder que dejó el mandatario venezolano. “Básicamente, vamos a dirigir el país hasta que haya una transición”, aseguró.
José Joel Peña, experto en relaciones internacionales, explica que el ataque estadounidense a Venezuela es una afectación al Sistema de Naciones Unidas; además, menciona que un vacío en el poder en Venezuela no implica que un tercer país pueda gobernar la nación sudamericana.
Tras la muerte de Hugo Chávez en 2013, Nicolás Maduro asumió la presidencia de Venezuela. Ello le otorgó la calidad de jefe de Estado en funciones y, con ello, la inmunidad personal que impide a otros Estados arrestar o someter a un proceso penal a un mandatario mientras ejerce su cargo.
Aun cuando la legitimidad del mandatario ha sido cuestionada en diversas ocasiones y existen investigaciones internacionales en su contra por presuntas violaciones de derechos humanos, estas no anulan su estatus jurídico como jefe de Estado, por ello, cualquier intento de arresto fuera del marco legal es contrario a las normas de derecho internacional.
“Una operación militar realizada en territorio extranjero sin el consentimiento del Estado afectado —Venezuela— supone una afectación grave a los principios del sistema de Naciones Unidas y del derecho internacional”, explica en entrevista el internacionalista José Joel Peña.
Dentro del debate sobre la legalidad de la detención del mandatario, la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), un documento que establece los derechos y obligaciones de los Estados y órganos que la integran, también resulta clave.
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El Artículo 2 de esta Carta destaca el principio de la igualdad soberana de todos sus miembros, lo que implica que ningún Estado está jurídicamente subordinado a otro. También prohíbe las amenazas o el uso de fuerza extrema contra la integridad territorial o la independencia política de cada Estado.
Además, obliga a sus miembros a resolver las controversias internacionales por medios pacíficos en los que no peligren la paz, la seguridad y la justicia internacional.
“A este artículo se añade el principio de la no intervención que reafirma que ningún Estado puede imponer coercitivamente su voluntad en asuntos internos. En este contexto, la detención de Nicolás Maduro se ubica en un terreno de ilicitud internacional”, expone el internacionalista.
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