hace 5 años - SANTIAGO
Tiempo de lectura: 47 segundosA través del Ministerio de Economía, se les comunica a los empleadores y empleados que tienen autorización para circular desde las 8 hasta 15 horas.
Hoy 10:36 -
El Ministerio de Economía de la provincia a través de la Dirección General de Comercio les recuerda a los titulares de comercios que dentro del marco del Aislamiento Social preventivo y obligatorio, solo se encuentran autorizados para la habilitación de su actividad comercial, sea modalidad presencial o a través de la plataforma online, de lunes a viernes en el horario de 9 a 14 horas, (con excepción de aquellos dedicados a la venta de productos alimenticios y medicamentos).
Los horarios autorizados para circular tanto para los empleadores como para los trabajadores, serán de 8 a 15 horas a los fines de garantizar de que los mismos puedan disponer del tiempo necesario para concurrir a los comercios y regresar a sus domicilios.
Asimismo, se les recuerda que en caso de incumplimiento de los horarios y días autorizados, serán pasibles de sanciones de clausuras, multas y lo dispuesto en el Art. 205 del Código Penal.
17-05-2020 Fuente y foto: diariopanorama.com
Powered by TURADIOINFO.COM