La AFIP lanzó hoy una amplia moratoria que incluye a numerosos sectores, como pymes, monotributistas y autónomos, que tendrá las siguientes condiciones y beneficios:
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  - Será posible acceder entre el 17 de febrero y el 30 de abril.
 - Hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras (hasta 60 cuotas para aportes y retenciones).
  - Tasa del 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, una tasa variable.
  - Las empresas que ingresen a la moratoria serán beneficiadas por una quita promedio del 42% sobre el total de sus deudas con la AFIP.
  - Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP para restarlo de la deuda.
  - Permite reformular todos los planes de facilidades de pagos vigentes o caducos en una sola cuota (los beneficios para los contribuyentes serán menores que el resto de las empresas).
  - Se puede incluir deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019.
  - Levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.
  - Condonación parcial de intereses y total de multas.
  - Es necesario contar con el Certificado Mipyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo, el cual puede obtenerse hasta el 30 de abril.
  - Se diferencia de planes anteriores por otorga a las Mipymes una ventana de tiempo hasta mediados de julio para recuperarse y comenzar a pagar a partir de ese momento.
  - Permite refinanciar en plazos de hasta diez años toda la deuda impositiva, aduanera y de la seguridad social que tenga un contribuyente y pagar una única cuota mensual.
  - Ofrece un tratamiento especial para las deudas acumuladas a lo largo de los últimos años por la parálisis productiva.
  - Establece estímulos para promover el ingreso temprano al plan, por lo que aquellos que se adhieran en febrero y marzo tendrán menores pagos a cuenta y un período de espera más extenso.
30/01/2020 Fuente y foto : El Tribuno